La calificación será otorgada a las EMPRESAS EXTRANJERAS que presenten a satisfacción de la compañía, en original, copias certificadas o documentos debidamente notariados, la siguiente documentación:
1.- Certificación de la existencia legal y de cumplimiento de obligaciones, emitida por el Organismo del país de origen, que tenga funciones similares a la Superintendencia de Compañías del Ecuador, debidamente autenticados por el Consulado del Ecuador, o con Apostilla del Ministro de Relaciones Exteriores o su equivalente del país origen (*).
2.- Nombramiento del representante legal debidamente otorgado por la autoridad competente e inscrito en el respectivo organismo del país de origen, que cumpla funciones similares al Registro Mercantil, debidamente autenticados por el Consulado del Ecuador, o con Apostilla del Ministro de Relaciones Exteriores o su equivalente del país origen (*).
3.- Copia de la escritura de la constitución del la Compañía, debidamente autenticados por el Consulado del Ecuador, o con Apostilla del Ministro de Relaciones Exteriores o su equivalente del país origen (*).
4.- Balance General de los dos últimos años fiscales acompañados de los estados financieros auditados incluyendo el respectivo dictamen de la auditoria externa.
5.- Estado de Pérdidas y ganancias de los dos últimos años fiscales.
6.- Certificados de 3 obras ejecutadas y/o en ejecución, indicando satisfacción en cumplimiento, plazos y montos, realizados en los últimos 2 años. Para compañías de reciente formación, los certificados pueden estar a nombre del Gerente General.
7.- Resumen de currículums del Gerente General y de cinco (5) directivos o técnicos principales de la compañía vinculados con la actividad.
8.- Lista del número de personas vinculadas a la actividad (solo para constructores) precisando el tipo de vinculación.
9.- Descripción de bienes y servicios en los que desea calificarse. Se deberá presentar por lo menos un certificado de experiencia de la empresa o sus directivos en cada ítem que desea calificarse.
Nota: Las Empresas extranjeras deben domiciliarse en el caso de ser adjudicadas (para la construcción de obras), o designar un apoderado general en el país con suficientes poderes para responder por las obligaciones contractuales, quien a su vez deberá calificarse en Transelectric.
(*) Solamente estos documentos deben ser autenticados por el Consulado del Ecuador o con Apostilla.